¿Cuánto paga una empresa de impuesto de sociedades en España? Tipos 2026
El Impuesto de Sociedades (IS) es el principal tributo directo de las empresas en España. En 2026, el tipo depende del tamaño de tu empresa: 15% para startups en sus primeros ejercicios con beneficio, 19%-21% para microempresas (facturación <€1M), 23% para pymes (€1M–€10M) y 25% en el régimen general. A diferencia del ISD o el ITP, el IS tiene poca variación territorial — es un impuesto estatal uniforme en toda España excepto en País Vasco y Navarra. La novedad de 2026 es la consolidación del tipo mínimo global del 15% (Pilar 2 OCDE) para multinacionales con más de €750M de ingresos. Esta guía detalla todos los tipos, las deducciones más relevantes y la mecánica de los pagos fraccionados, con datos verificados de la AEAT y Wolters Kluwer.
Desglose completo de costos
| Concepto | Importe | Quién paga | Notas |
|---|---|---|---|
| Régimen general Grandes empresas y entidades sin tipo especial | €25 | Sociedad | Aplica a empresas con cifra de negocios ≥€10M y a entidades que no tienen tipo reducido por ley. Tipo fijo del 25% sobre la base imponible. |
| Pyme (cifra de negocios €1M–€10M) Reducción de 2 puntos sobre el general | €23 | Sociedad | Desde la Ley 27/2014. Aplica cuando la cifra de negocios del ejercicio anterior estuvo entre €1M y €10M. |
| Microempresa (cifra de negocios <€1M) Escala progresiva Ley 18/2022 | €19 – €21 | Sociedad | Primeros €50.000 de base imponible al 19%; el resto al 21%. Si la base imponible es ≤€50.000, se aplica el 19% sobre toda la base. |
| Nueva creación / startup Reducción temporal para empresas jóvenes | €15 | Sociedad | Tipo del 15% en el primer ejercicio con base imponible positiva y el siguiente. No aplica si la nueva entidad procede de una reestructuración o de empresas preexistentes. |
| Cooperativas fiscalmente protegidas Tipo especial; resultados extracooperativos al 25% | €20 – €25 | Sociedad | Resultados cooperativos al 20%. Resultados extracooperativos (no vinculados al objeto social cooperativo) al tipo general del 25%. |
| Mínimo global Pilar 2 OCDE Solo para grandes multinacionales | €15 | Sociedad | Tipo mínimo efectivo del 15% para grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a €750M. Aplicable desde el ejercicio 2024 en España. |
Qué incluye y qué no
Qué incluye
- Beneficios obtenidos por sociedades anónimas (SA), sociedades de responsabilidad limitada (SL) y otras personas jurídicas
- Plusvalías por venta de activos empresariales
- Dividendos y rendimientos del capital de la empresa
- Rentas obtenidas en el extranjero (con posible exención por doble imposición)
- Incrementos patrimoniales derivados de la actividad societaria
- Pagos fraccionados obligatorios (abril, octubre, diciembre)
Qué NO incluye
- Beneficios de autónomos persona física — tributan en IRPF (estimación directa o módulos), no en IS
- Entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, herencias yacentes) — régimen especial de atribución de rentas
- Fondos de pensiones — exentos del IS según normativa específica
- Algunas entidades sin ánimo de lucro — pueden acogerse al régimen de entidades parcialmente exentas
- Dividendos procedentes de filiales con participación ≥5% durante 1 año — exención del 95% (art. 21 LIS)
Factores que afectan el precio
Cifra de negocios y tamaño de la empresa
El tipo del IS depende directamente del volumen de negocio del ejercicio anterior. La escala es: <€1M microempresa (19%-21%), €1M-€10M pyme (23%), ≥€10M régimen general (25%). Una empresa que crece y supera el umbral de €10M pasa al tipo más alto, lo que puede impactar significativamente en la planificación fiscal.
Antigüedad y forma de constitución
Las empresas de nueva creación que generen base imponible positiva por primera vez tributan al 15% en ese ejercicio y el siguiente. La condición es que no procedan de reestructuraciones empresariales ni continúen actividades de otra entidad vinculada. Es una ventaja temporal pero muy relevante para startups.
Deducciones aplicables sobre la cuota
Sobre la cuota íntegra (tipo × base) se aplican deducciones que reducen la cuota a pagar. Las principales: I+D+i (25%-42% de los gastos), creación de empleo (3.000€ por trabajador con discapacidad), inversión en producciones audiovisuales, internacionalización y doble imposición internacional.
Pagos fraccionados y tesorería
Las empresas con facturación superior a €6M están obligadas a hacer pagos fraccionados calculados sobre la base imponible del ejercicio en curso (modalidad de base real). Las pymes pueden elegir entre la modalidad de cuota (sobre la cuota del último ejercicio cerrado) o base real. La elección afecta significativamente a la tesorería del ejercicio.
Régimen foral en País Vasco y Navarra
País Vasco y Navarra tienen sus propios regímenes forales del IS, distintos del régimen común. Los tipos forales son similares pero con diferencias en deducciones, incentivos y base imponible. Las empresas domiciliadas en estos territorios tributan íntegramente según la normativa foral.
Tips para ahorrar
Planifica los pagos fraccionados para no tener sorpresas
Los pagos fraccionados de abril, octubre y diciembre se calculan sobre la base imponible acumulada. Si tu empresa tiene un ejercicio irregular (más beneficios en ciertos meses), calcula los pagos con antelación. Un error de estimación puede generar intereses de demora o inmovilizar liquidez innecesariamente.
Aprovecha la deducción por I+D+i
La deducción por I+D es del 25% de los gastos del ejercicio (42% sobre el exceso del promedio de los dos años anteriores). La deducción por innovación tecnológica es del 12%. Son de las más generosas del IS y muchas pymes no las aplican por desconocer que sus proyectos pueden calificar. Solicita un informe motivado al CDTI.
Reserva de capitalización: deduce el 15% de los beneficios reinvertidos
La reserva de capitalización (art. 25 LIS) permite deducir el 15% del incremento de fondos propios si se mantiene durante 5 años. Sobre una base imponible de €200.000 con retención de beneficios de €100.000, la reducción de base es de €15.000. Es una de las deducciones más accesibles para pymes.
Reserva de nivelación para pymes: aplaza tributación
Las pymes con cifra de negocios <€10M pueden constituir una reserva de nivelación (art. 105 LIS) dotando hasta el 10% de la base imponible positiva (máximo €1M). La cantidad se incluye como ingreso si en los 5 años siguientes hay base imponible negativa, o simplemente al cabo de 5 años. Permite aplazar tributación sin coste financiero explícito.
Exención por dividendos y plusvalías de filiales
Si tu empresa tiene participaciones en otras sociedades (≥5% durante al menos 1 año), los dividendos y plusvalías de esas participaciones pueden beneficiarse de una exención del 95% (art. 21 LIS). Para grupos empresariales, esta exención es fundamental en la planificación de la estructura societaria.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el impuesto de sociedades en España?
La autoliquidación anual del IS (modelo 200) se presenta en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio. Para ejercicios que coinciden con el año natural (cierre 31 de diciembre), el plazo es del 1 al 25 de julio del año siguiente. Además, hay tres pagos fraccionados obligatorios: en los primeros 20 días de abril, octubre y diciembre (modelos 202 o 222).
¿Qué diferencia hay entre el IS de una pyme y una gran empresa?
El tipo nominal es el principal diferenciador: 23% para pymes (cifra de negocios €1M–€10M) frente al 25% del régimen general (≥€10M). Además, las pymes tienen acceso a regímenes especiales: reserva de nivelación (art. 105 LIS), libertad de amortización en ciertos casos y umbrales más favorables para algunas deducciones. Las grandes empresas tienen más obligaciones formales y pagos fraccionados calculados sobre base real.
¿Puede una startup aplicar el tipo del 15%?
Sí, siempre que sea una entidad de nueva creación que genere base imponible positiva por primera vez. Se aplica al 15% en ese primer ejercicio con beneficio y en el ejercicio siguiente. Requisitos: la empresa no puede provenir de una reestructuración ni continuar la actividad de otra entidad relacionada. Tampoco se aplica a sociedades patrimoniales (de tenencia de bienes) o a aquellas cuya actividad principal sea el arrendamiento de inmuebles con menos de 1 empleado a jornada completa.
¿Qué gastos son deducibles en el impuesto de sociedades?
Son deducibles todos los gastos correlacionados con los ingresos y debidamente justificados: sueldos y salarios, alquileres, suministros, amortizaciones, intereses de préstamos, publicidad, reparaciones y mantenimiento, seguros, tributos deducibles y servicios profesionales. No son deducibles: multas y sanciones, liberalidades (regalos sin contraprestación comercial), pérdidas por juego, impuesto de sociedades en sí mismo, ni gastos de actividades ilícitas.
¿Qué es el pago fraccionado del IS?
Son anticipos del IS que las sociedades deben ingresar en abril, octubre y diciembre. Existen dos modalidades: la modalidad de cuota (18% de la cuota del último IS presentado) y la modalidad de base real (porcentaje sobre la base imponible acumulada del ejercicio en curso). Las empresas con facturación ≥€6M están obligadas a la modalidad de base real. El resto puede elegir. Los pagos fraccionados se descuentan de la cuota final al presentar el modelo 200.
¿Cómo afecta el Pilar 2 OCDE a las empresas españolas?
El Pilar 2 OCDE establece un tipo mínimo efectivo global del 15% para grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a €750M. España lo trasladó a su legislación y es aplicable desde el ejercicio 2024. En la práctica, afecta principalmente a las grandes multinacionales y asegura que no puedan tributar por debajo del 15% aunque operen en jurisdicciones de baja tributación. Las pymes españolas no se ven afectadas directamente.
Notas y supuestos
Fuentes
- AEAT — Tipos del Impuesto sobre Sociedades (fuente oficial) — https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Impuesto_sobre_Sociedades (abril 2026)
- Wolters Kluwer — Impuesto de Sociedades 2026: tipos y novedades — https://www.wolterskluwer.com/es-es/solutions/a3/blog/impuesto-sociedades-2026 (abril 2026)
- Pimec — Reducción progresiva IS pymes 2026 — https://www.pimec.org/es/reduccion-progresiva-impuesto-sociedades-2026 (abril 2026)
- Aseryde — Novedades IS 2026 — https://www.aseryde.es/novedades-impuesto-sociedades-2026 (abril 2026)
- Grupo2000 — IS 2026: guía completa — https://grupo2000.es/impuesto-sociedades-2026 (abril 2026)
- Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades
- Ley 18/2022 — Crea y Crece (tipo microempresas)
- Directiva 2022/2523 — Pilar 2 OCDE (tipo mínimo global 15%)
Supuestos y limitaciones
Tipos del IS para el ejercicio fiscal 2026 (año que cierra en 2026). Régimen general: 25% (cifra negocios ≥€10M o sin tipo especial). Pyme: 23% (cifra negocios €1M–€10M). Microempresa: escala 19%/21% (cifra negocios <€1M, según Ley 18/2022). Nueva creación: 15% (primeros 2 ejercicios con base positiva). Cooperativas fiscalmente protegidas: 20% (resultados cooperativos), 25% (extracooperativos). País Vasco y Navarra tienen régimen foral propio con tipos y deducciones diferentes. El tipo del 15% para startups es una reducción temporal; a partir del tercer ejercicio con base positiva se aplica el tipo que corresponda por tamaño. Los pagos fraccionados se calculan sobre la cuota del último ejercicio (modalidad cuota) o sobre la base acumulada del ejercicio en curso (modalidad base real, obligatoria para facturación ≥€6M).
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Los precios son orientativos y pueden variar según tu situación particular. Esta guía no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Consulta con un profesional para tu caso concreto.