¿Cuánto pago de impuesto a la renta en Perú? Calculadora 4ta y 5ta categoría 2026
El Impuesto a la Renta en Perú 2026 tiene una deducción estándar de 7 UIT = S/ 38,500 (UIT 2026 = S/ 5,500), lo que significa que los trabajadores en planilla con ingreso bruto mensual menor a S/ 2,750/mes no pagan IR. Los tramos van desde 8% (hasta 5 UIT) hasta 30% (más de 45 UIT), con tasa efectiva máxima de ~25%–27% — una de las cargas de IR más bajas de América del Sur. Los independientes (4ta categoría) tienen la ventaja adicional de una deducción del 20% del ingreso bruto antes de aplicar las 7 UIT.
Calculadora impuesto a la renta Perú 2026
Más calculadoras tributarias y laborales en Perú
Sueldo neto PerúEsSalud y AFP PerúContador / Contabilidad PerúCálculo referencial basado en la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) y UIT 2026 = S/ 5,500 (DS 309-2025-EF). 5ta categoría: anualización ×14 (12 meses + 2 gratificaciones). 4ta categoría: deducción 20% del ingreso + 7 UIT. No incluye rentas de capital ni otras categorías. Consult a un contador para cálculos precisos. Ver fuentes
Desglose completo de costos
| Concepto | Importe | Quién paga | Notas |
|---|---|---|---|
| Ingreso mensual S/ 2,000–S/ 2,750 (sin IR) Por debajo del umbral — deducción 7 UIT cubre toda la base | PEN0 | Contribuyente | Con ingreso bruto mensual de S/ 2,750 (×14 = S/ 38,500 anual), la deducción de 7 UIT (S/ 38,500) lleva la base imponible a S/ 0. No paga Impuesto a la Renta. Este umbral equivale a ~S/ 2,750/mes en 5ta categoría (considerando 14 remuneraciones: 12 + 2 gratificaciones). Por debajo: IR = S/ 0. |
| Tramo 5–20 UIT (14%) — IR anual estimado Ingreso anual ~S/ 66,000–S/ 149,500 (5ta cat.) | PEN3850 – PEN18.865 | Contribuyente | Este tramo aplica a ingresos anualizados entre S/ 66,000 y S/ 149,500 (5ta categoría). Ejemplo: ingreso mensual S/ 5,000 → anualizado S/ 70,000 → base imponible S/ 31,500 → IR: primer tramo 5 UIT × 8% = S/ 2,200 + resto S/ 4,000 × 14% = S/ 560 → IR anual S/ 2,760. Tasa efectiva ~4%. |
| Tramo 20–35 UIT (17%) — IR anual estimado Ingreso anual ~S/ 149,500–S/ 231,000 (5ta cat.) | PEN12.400 – PEN30.000 | Contribuyente | Aplica a ingresos anualizados entre S/ 149,500 y S/ 231,000. Profesionales y ejecutivos de nivel medio-alto. Tasa efectiva acumulada: ~14%–18% sobre el ingreso bruto anual. |
| Tramo 35–45 UIT (20%) y más de 45 UIT (30%) Ejecutivos y altos ingresos en Perú | PEN28.000 – PEN48.000 | Contribuyente | Tramo 35–45 UIT: ingreso anual S/ 231,000–S/ 286,000. Tramo +45 UIT: ingreso anual > S/ 286,000 (> S/ 24,000/mes en 5ta categoría). Solo el exceso sobre S/ 247,500 paga 30%. Tasa efectiva máxima en Perú: ~25%–27% para los ingresos más altos. Mucho menor que en Chile (40%) o México (35%). |
| 4ta categoría (independiente) — deducción adicional 20% Trabajadores independientes con recibos por honorarios | PEN0 – PEN45.000 | Contribuyente | Para trabajadores independientes (4ta categoría), la deducción es 20% del ingreso bruto + 7 UIT. Para ingreso anual de S/ 60,000: deducción 20% = S/ 12,000 + 7 UIT = S/ 38,500 → total deducción S/ 50,500 → base imponible S/ 9,500 → IR ~S/ 760/año. Hasta S/ 3,208/mes en 4ta categoría (sin considerar la deducción 20% del ingreso anual), no paga IR. |
Precios por región
| Región | Rango de precios | Notas |
|---|---|---|
| Lima Metropolitana | PEN0 – PEN48.000 | Mayor concentración de contribuyentes de 4ta y 5ta categoría en el país. Los ejecutivos y profesionales de Lima concentran la mayor recaudación del IR. Ingresos promedio en planilla Lima: S/ 3,500–S/ 5,000/mes (según ENAHO 2025). |
| Arequipa | PEN0 – PEN30.000 | Segunda ciudad por ingreso promedio. Fuerte sector minero e industrial con sueldos competitivos. IR promedio menor que Lima por distribución salarial. |
| Trujillo / La Libertad | PEN0 – PEN20.000 | Sector agroindustrial y comercio. Ingresos promedio menores. Muchos trabajadores agroindustriales exentos por régimen especial agrario. |
| Cusco / Regiones mineras | PEN0 – PEN25.000 | El sector minero tiene sueldos elevados — algunos trabajadores calificados superan S/ 8,000–S/ 12,000/mes y pagan IR significativo. Las regiones con más minería tienen mayor recaudación IR de 5ta categoría. |
El IR de personas naturales es nacional — la tasa no varía por región. Lo que varía es el ingreso promedio por región y, por tanto, el IR promedio pagado. La recaudación está concentrada en Lima (60%+ del total nacional).
Qué incluye y qué no
Qué incluye
- Cálculo del Impuesto a la Renta de 5ta categoría (trabajadores en planilla) con anualización ×14
- Cálculo de 4ta categoría (trabajadores independientes) con deducción 20% + 7 UIT
- Aplicación de tramos progresivos: 8%, 14%, 17%, 20%, 30% según Ley del IR
- UIT 2026 = S/ 5,500 (DS 309-2025-EF) para todas las deducciones
- Tasa efectiva real sobre el ingreso bruto anual
- IR mensual equivalente (IR anual ÷ 12) para planificación de retenciones
Qué NO incluye
- Rentas de capital (2da categoría): dividendos 5%, ganancias de capital 5%, intereses 5%
- Rentas de primera categoría: alquileres (6.25% sobre el 80% del alquiler)
- Rentas de tercera categoría (empresas): régimen empresarial diferente a personas naturales
- Contribuciones EsSalud y AFP — ver /pe/essalud-afp/ para el cálculo completo
- Deducciones adicionales por gastos (3 UIT por gastos médicos, educación) — aprobadas pero no todas vigentes
- Impuestos municipales (impuesto predial, vehicular) — cálculos separados
Factores que afectan el precio
UIT 2026 = S/ 5,500 — la variable clave
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es el parámetro sobre el cual se calculan las deducciones y tramos del IR en Perú. Para 2026, la UIT es S/ 5,500 (DS 309-2025-EF), la más alta de la historia. La deducción estándar es 7 UIT = S/ 38,500 — esto significa que los primeros S/ 38,500 de ingresos anuales están exentos de IR. Para un trabajador de 5ta categoría, el umbral de exoneración es ~S/ 2,750/mes (S/ 38,500 ÷ 14). La UIT se actualiza anualmente por decreto supremo cada noviembre–diciembre para el año siguiente.
5ta categoría: el empleador retiene y paga por ti
Para trabajadores en planilla (5ta categoría), el empleador calcula y retiene el IR mensualmente. El cálculo: proyecta el ingreso anual del trabajador (bruto × 14, incluyendo 2 gratificaciones), resta 7 UIT, aplica los tramos y divide el IR anual entre 12 para la retención mensual. Si el trabajador tiene otros ingresos (alquileres, honorarios), debe declarar por su cuenta. La retención del empleador no es opcional — está obligado por ley.
4ta categoría: pagos a cuenta y declaración anual
Los trabajadores independientes (4ta categoría) deben hacer pagos a cuenta mensuales: 8% del ingreso si sus ingresos superan S/ 1,500/mes. Si sus ingresos anuales no superan S/ 38,500 (7 UIT), pueden solicitar la suspensión de pagos a cuenta. Al año siguiente, presentan la Declaración Jurada Anual (antes del 31 de marzo). Si retuvieron más de lo que correspondía, SUNAT devuelve el exceso; si retuvieron menos, deben pagar la diferencia.
Tramos progresivos — por qué en Perú la carga es moderada
El sistema peruano es progresivo pero con tasas moderadas en comparación internacional: tasa máxima del 30% para rentas mayores a 45 UIT (S/ 247,500/año). La tasa efectiva máxima en Perú es ~25%–27%. Para comparar: Chile 40% (tasa máxima), México 35%, Colombia 39%, Brasil 27.5% + contribuciones. Perú tiene una de las cargas tributarias del IR más bajas de América del Sur, lo que se refleja en una baja recaudación relativa al PBI (~2.5% del PBI vs. promedio OCDE de 8%–10%).
Deducciones adicionales aprobadas pero con implementación gradual
La Ley 31103 (2020) aprobó deducciones adicionales de hasta 3 UIT (S/ 16,500) por gastos en: (1) arrendamiento de vivienda, (2) servicios médicos y odontológicos, (3) aportes a EsSalud de empleados del hogar, (4) servicios de profesionales independientes. Para acceder a estas deducciones, el contribuyente debe declarar los gastos anuales y los proveedores deben emitir comprobantes electrónicos. SUNAT ha implementado el proceso gradualmente.
Proceso paso a paso
Determina si percibes 5ta categoría (planilla: RVP del empleador te retiene) o 4ta categoría (honorarios: tú haces pagos a cuenta). La UIT 2026 es S/ 5,500. La deducción estándar es 7 UIT = S/ 38,500. Si tu ingreso anual no supera S/ 38,500 (5ta cat.) o S/ 48,125 (4ta cat. con deducción 20%), no pagas IR.
5ta categoría: multiplica tu sueldo mensual por 14 (incluye gratificaciones) y resta S/ 38,500. El resultado es tu base imponible. Aplica los tramos: 8% sobre los primeros S/ 27,500, 14% sobre el exceso hasta S/ 110,000, etc. Usa la calculadora de esta página para el cálculo automatizado o el simulador de SUNAT en sunat.gob.pe.
Si emites recibos por honorarios, emite siempre comprobante electrónico desde el portal SOL de SUNAT. Si tus ingresos anuales superan S/ 38,500, realiza el pago a cuenta del 8% antes del vencimiento mensual (según cronograma SUNAT). Guarda todos los recibos para la declaración anual.
Plazo: febrero–marzo del año siguiente (cronograma por último dígito de RUC). Formulario virtual 709 en sunat.gob.pe. Si tienes saldo a favor, solicita devolución. Si debes IR adicional, paga antes del vencimiento para evitar intereses moratorios (0.03% diario). Los trabajadores de 5ta cat. pura con un solo empleador generalmente no están obligados a presentar DJ anual si su empleador retuvo correctamente.
Tips para ahorrar
Verifica si tu empleador está reteniendo correctamente
Muchos trabajadores en planilla descubren en la declaración anual que su empleador retuvo de más o de menos. Pide al área de RR.HH. o contabilidad la proyección de retenciones del año y compara con el cálculo de la calculadora. Si retuvieron de más, tendrás devolución en la declaración anual de SUNAT (hasta el 31 de marzo del año siguiente). Si retuvieron de menos, deberás pagar la diferencia. Reporta cambios de ingresos (bonos, aumentos) a tu empleador para ajustar la retención.
Declara gastos deducibles adicionales si tienes recibos electrónicos
La Ley 31103 permite deducir hasta 3 UIT (S/ 16,500) adicionales por: arrendamiento de vivienda (el arrendador debe emitir recibo electrónico), honorarios profesionales, servicios médicos y odontológicos. Para aprovechar esta deducción, pide siempre comprobante de pago electrónico (no bastará con recibos físicos). SUNAT cruza información automáticamente. Esta deducción puede reducir tu IR anual hasta en S/ 1,320 (S/ 16,500 × 8% en el primer tramo).
Usa el portal SUNAT para calcular y pagar pagos a cuenta (4ta categoría)
Si eres independiente, ingresa a sunat.gob.pe y usa el sistema SOL (SUNAT Operaciones en Línea) para emitir recibos electrónicos, calcular y pagar el 8% de pago a cuenta mensual. Si tus ingresos son bajos (bajo S/ 38,500 anuales), solicita la suspensión de pagos a cuenta online. Guarda todos tus recibos por honorarios para la declaración anual. SUNAT cruzará los datos con los formularios de tu clientes.
Considera la modalidad de trabajo al comparar sueldos
Un sueldo de S/ 5,000 en planilla (5ta cat.) vs. S/ 5,000 en honorarios (4ta cat.) tienen cargas distintas. En planilla: empleador paga EsSalud 9% (S/ 450/mes); tú pagas AFP ~10% (S/ 500) + IR retención. En honorarios: tú pagas EsSalud independiente y AFP voluntaria; tienes deducción 20% adicional que reduce el IR. Muchas empresas ofrecen recibos por honorarios para reducir su carga empleadora — analiza si la diferencia compensa la pérdida de beneficios laborales (CTS, gratificaciones, vacaciones).
Presenta la declaración anual a tiempo para evitar multas
La Declaración Jurada Anual de Renta se presenta entre febrero y marzo según el último dígito del RUC (SUNAT publica el cronograma cada enero). Si tienes saldo a favor (retenciones en exceso), la devolución puede pedirse en la misma declaración. Si no presentas la DJ anual cuando estás obligado, la multa es del 50% de la UIT (S/ 2,750). SUNAT tiene formulario virtual 709 para personas naturales que simplifica el proceso — muchos contribuyentes de 5ta cat. ya tienen pre-llenados los datos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el impuesto a la renta en Perú 2026 para trabajadores en planilla?
Para 2026, UIT = S/ 5,500 y la deducción estándar es 7 UIT = S/ 38,500. Si tu ingreso bruto mensual es **menor a S/ 2,750** (S/ 38,500 ÷ 14 remuneraciones), no pagas IR. Ejemplos: S/ 4,000/mes → anualizado S/ 56,000 - S/ 38,500 = base S/ 17,500 → IR: S/ 17,500 × 8% = S/ 1,400/año (S/ 117/mes). S/ 8,000/mes → anualizado S/ 112,000 - S/ 38,500 = base S/ 73,500 → IR: (5 UIT × 8%) + (S/ 45,500 × 14%) = S/ 2,200 + S/ 6,370 = S/ 8,570/año (S/ 714/mes). Usa el simulador de esta página para tu caso específico.
¿Cuáles son los tramos del impuesto a la renta en Perú 2026?
Los tramos del IR para personas naturales en Perú 2026 son: **0–5 UIT (S/ 0–S/ 27,500) = 8%**, **5–20 UIT (S/ 27,500–S/ 110,000) = 14%**, **20–35 UIT (S/ 110,000–S/ 192,500) = 17%**, **35–45 UIT (S/ 192,500–S/ 247,500) = 20%**, **más de 45 UIT (> S/ 247,500) = 30%**. Estos tramos se aplican sobre la **renta neta imponible** (ingreso anual menos deducciones), no sobre el ingreso bruto. Son progresivos — cada tramo aplica solo al ingreso dentro de ese rango.
¿Cuánto paga de impuesto a la renta un independiente en Perú (4ta categoría)?
Un trabajador independiente (4ta categoría) tiene dos deducciones: (1) **20% del ingreso bruto anual** y (2) **7 UIT = S/ 38,500**. Ejemplo: ingreso S/ 60,000/año → deducción 20% = S/ 12,000 + 7 UIT = S/ 38,500 → total S/ 50,500 → base imponible S/ 9,500 → IR: S/ 9,500 × 8% = **S/ 760/año**. Si el ingreso anual es menor a S/ 48,125 (el punto donde 20% + 7 UIT iguala el ingreso), la base imponible es cero y el IR es S/ 0. Los independientes hacen **pagos a cuenta del 8%** mensualmente.
¿Puedo pedir devolución de impuesto a la renta en Perú?
Sí. Si tu empleador retuvo más IR del que realmente te correspondía (por ejemplo, por cambios de empleo, bonos variables, o cálculo incorrecto), tienes saldo a favor que puedes reclamar en la **Declaración Jurada Anual** (formulario 709, plazo hasta marzo del año siguiente). SUNAT devolverá el exceso mediante abono en cuenta bancaria en un plazo de 30–45 días hábiles. También puedes compensar el saldo a favor con otros tributos que adeudes. El proceso se hace completamente online en sunat.gob.pe.
¿El empleador tiene obligación de retener el impuesto a la renta de 5ta categoría?
Sí, es una **obligación legal** del empleador (Art. 75 de la LIR). El empleador debe: (1) proyectar el ingreso anual del trabajador a inicio de año y en cada variación, (2) calcular el IR anual, (3) dividir entre 12 y retener mensualmente, (4) declarar y pagar a SUNAT usando el PDT 601. Si el empleador no retiene correctamente, es responsable ante SUNAT por las multas e intereses — no el trabajador. Si cambias de empleo a mitad de año, informa al nuevo empleador sobre los ingresos y retenciones del empleo anterior para evitar retenciones incorrectas.
Notas y supuestos
Fuentes
- SUNAT — Impuesto a la Renta personas naturales — https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/sistemaTributario_tributos.html
- MEF Perú — DS 309-2025-EF (UIT 2026 = S/ 5,500) — https://www.mef.gob.pe/en/decreto-supremo/ds-309-2025-ef
- SUNAT — Calculadora IR y declaración virtual 709 — https://e-consulta.sunat.gob.pe/ol-it-itconsultaddjj/main/home
- Congreso Perú — Ley del Impuesto a la Renta TUO DS 179-2004-EF — https://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/fdetalle.htm
Supuestos y limitaciones
UIT 2026 = S/ 5,500 (DS 309-2025-EF). 5ta categoría: anualización ×14 (12 sueldos + 2 gratificaciones — julio y diciembre). 4ta categoría: deducción 20% del ingreso bruto + 7 UIT. Tramos LIR vigentes. No incluye rentas de capital, primera o tercera categoría. No considera deducciones adicionales Ley 31103 (hasta 3 UIT adicionales por gastos específicos). Cálculo referencial — consulta a contador para precisión.
Aviso legal
Los precios son orientativos y pueden variar según tu situación particular. Esta guía no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Consulta con un profesional para tu caso concreto.