Prima de Antigüedad México 2026 — Calculadora Art. 162 LFT
La prima de antigüedad (Art. 162 LFT) son 12 días de salario por cada año trabajado, con tope en 2 veces el SMG: $557.60/día en zona general y $839.76/día en frontera norte (2026). La regla clave: en todo despido aplica desde el año 1, pero en renuncia voluntaria solo con 15+ años. Para 10 años de servicio con sueldo de $20,000/mes, la prima ronda $66,900 MXN.
La prima es distinta del finiquito (vacaciones, aguinaldo, días pendientes) y de la liquidación por despido injustificado (90 días + 20 días/año). En despido injustificado el trabajador recibe los tres conceptos. En despido justificado: prima de antigüedad + finiquito, pero no los 90 días. En renuncia con menos de 15 años: solo el finiquito, sin prima de antigüedad.
El error más común es que el empleador calcule la prima sobre el salario real sin aplicar el tope de 2× SMG, resultando en un monto incorrecto. Si hay discrepancias, puedes acudir al CFCRL (conciliación gratuita) o a la PROFEDET sin costo. El plazo para reclamar es 2 años desde la separación.
Calculadora Prima de Antigüedad México 2026 — Art. 162 LFT
Tu salario diario ($667) supera el tope legal ($558). Se usa el tope de 2 × SMG para el cálculo.
Días pagaderos: 12 × 10 = 120 días (si aplica)
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Desglose completo de costos
| Concepto | Importe | Notas |
|---|---|---|
| Días pagaderos (12 × años de servicio) Art. 162 LFT: 12 días por cada año trabajado | $12 – $480 | La prima de antigüedad es de 12 días de salario por cada año completo de servicio. Para años fraccionados se paga proporcional. Un empleado con 10 años tiene derecho a 120 días de prima. Para 20 años, 240 días. No hay tope en años de servicio. |
| Tope salario diario (2 × SMG zona) El salario diario para el cálculo no puede exceder 2 veces el SMG de la zona | $557 – $840 | Si el salario diario real del trabajador supera 2 × SMG ($557.60 general / $839.76 frontera norte), se usa el tope. Para un sueldo de $20,000/mes el salario diario es $666.67 — supera el tope general de $557.60. Para sueldos menores al tope, se usa el salario real. |
| Prima de antigüedad zona general Tope $557.60/día (2 × $278.80 SMG) × 12 días × años | $6691 – $133.824 | Para trabajadores con salario diario igual o mayor al tope general ($557.60/día), la prima se calcula al tope. Ejemplo 10 años: 120 días × $557.60 = $66,912 MXN. Para salario menor al tope, se usa el salario real del trabajador. |
| Prima de antigüedad frontera norte Tope $839.76/día (2 × $419.88 SMG frontera) × 12 días × años | $10.077 – $201.542 | En la Zona Libre de la Frontera Norte (Tijuana, Mexicali, Cd. Juárez, etc.), el tope es $839.76/día. Prima más alta para trabajadores fronterizos que el resto del país. Diferencia del 50% respecto a la zona general. |
| Renuncia voluntaria menos de 15 años Art. 162 fracción II LFT: NO hay derecho a prima | $0 | Este es el caso más común de error: un trabajador que renuncia antes de cumplir 15 años de servicio NO tiene derecho a prima de antigüedad. La renuncia voluntaria solo genera prima si se cumplen 15 o más años completos. En despido (justificado o injustificado) sí aplica desde el año 1. |
| Renuncia con 15+ años o jubilación Aplica la prima completa desde el primer año de servicio | $10.000 – $200.000 | Trabajador con 15 años o más que renuncia voluntariamente: tiene derecho a la prima completa de 12 días × todos sus años. Lo mismo para jubilación, muerte del trabajador (pago a beneficiarios) e incapacidad permanente. El cálculo incluye todos los años desde el inicio de la relación laboral. |
Precios por región
| Región | Rango de precios | Notas |
|---|---|---|
| SMG general — salario al tope | $6692 – $80.304 | Trabajador con salario igual o mayor al tope ($557.60/día). Prima = 12 días × $557.60 × años. Para 1 año: $6,691. Para 10 años: $66,912. Para 12 años: $80,294. Aplica a la mayoría de trabajadores en la república. |
| Empleado $15,000/mes (salario bajo el tope) | $9000 – $108.000 | Salario diario $500/día, por debajo del tope general $557.60/día. Se usa el salario real. Prima = 12 días × $500 × años. Para 10 años: $60,000. Para 15 años: $90,000. La mayoría de trabajadores en México está en este rango. |
| Zona Libre Frontera Norte — al tope | $10.077 – $201.542 | Tope frontera norte: $839.76/día (2 × $419.88). Para trabajadores en Tijuana, Mexicali, Ciudad Juárez, Reynosa, Matamoros, Nuevo Laredo, Nogales y otras ciudades fronterizas. Prima 50% mayor que zona general. |
| Renuncia voluntaria — menos de 15 años | $0 | Si el trabajador renuncia voluntariamente antes de cumplir 15 años de servicio, no tiene derecho a prima de antigüedad. Monto cero. Es el motivo más frecuente de disputas laborales por desconocimiento de este artículo de la LFT. |
| Jubilación o incapacidad permanente | $15.000 – $200.000 | En casos de jubilación, muerte del trabajador (pago a beneficiarios) e incapacidad permanente total o parcial, la prima aplica desde el año 1 sin importar el número de años. Misma fórmula: 12 días × salario diario efectivo × años de servicio. |
La prima de antigüedad se calcula con el salario diario del trabajador, con tope en 2 veces el SMG de la zona. En el 70% de los casos el salario supera el tope, por lo que el cálculo usa el tope. En zonas de frontera norte el tope es 50% mayor ($839.76 vs $557.60). El motivo de separación es determinante: en renuncia voluntaria solo aplica con 15+ años.
Qué incluye y qué no
Qué incluye
- Prima de 12 días de salario por cada año completo de servicio (Art. 162 LFT)
- Cálculo proporcional para años incompletos al momento de la separación
- Aplicación del tope máximo de 2 veces el SMG de la zona correspondiente
- Pago en renuncia voluntaria con 15 o más años de antigüedad
- Pago en todo tipo de despido (justificado o injustificado) desde el año 1
- Pago en jubilación, muerte del trabajador (a beneficiarios) e incapacidad permanente
- Diferenciación entre zona salarial general y Zona Libre Frontera Norte
Qué NO incluye
- Renuncia voluntaria con menos de 15 años de servicio (no genera prima)
- Indemnización constitucional de 90 días (exclusiva del despido injustificado)
- 20 días por año de la liquidación (exclusivos del despido injustificado)
- Días trabajados pendientes, vacaciones y aguinaldo (esos son parte del finiquito)
- Prestaciones superiores a ley por contrato colectivo (pueden ser mayores al mínimo legal)
- Horas extra, bonos ni comisiones — solo el salario base ordinario
- Intereses por retraso en el pago (se calculan separado si hay demora)
Factores que afectan el precio
Motivo de separación — el factor más importante
La diferencia entre recibir o no la prima de antigüedad depende del motivo de baja. Despido (justificado o injustificado), jubilación, muerte e incapacidad permanente: siempre aplica desde año 1. Renuncia voluntaria: solo con 15 o más años. Este es el punto de mayor controversia y desconocimiento entre trabajadores y empleadores.
Salario diario vs tope legal
El Art. 162 LFT establece que el salario diario para calcular la prima no puede exceder 2 veces el SMG vigente. En 2026: $557.60/día (zona general) o $839.76/día (frontera). Para un salario de $20,000/mes, el salario diario es $666.67 — supera el tope general, por lo que se usa $557.60 para el cálculo, resultando en una prima menor de lo que el trabajador esperaría.
Años de servicio y acumulación
Cada año adicional de servicio suma 12 días de prima. Un trabajador con 20 años tiene 240 días de prima acumulados. Si la empresa cambia de razón social pero mantiene la misma relación laboral, los años siguen acumulándose. En grupos de empresas, el cambio de empleador puede interrumpir el cómputo si no se preserva la continuidad laboral.
Zona salarial para el tope
La zona que aplica para el tope es la del centro de trabajo, no la del domicilio del trabajador. Los trabajadores en la Zona Libre de la Frontera Norte tienen un tope 50% mayor ($839.76 vs $557.60). Si el trabajador trabajó en ambas zonas en distintos períodos, se aplica el tope de la zona del último empleo o se puede prorratear.
Prima de antigüedad en el contrato colectivo
Muchos contratos colectivos (sindicatos, grandes empresas) establecen una prima de antigüedad mayor al mínimo de 12 días. Puede ser 15, 20 o más días por año, sin el tope del SMG. El contrato colectivo siempre prevalece sobre la ley cuando otorga condiciones superiores. El trabajador debe revisar su contrato colectivo o contrato individual.
Proceso paso a paso
Primero confirma: ¿te despidieron (justificado o injustificado) o renunciaste? Si te despidieron, tienes derecho desde año 1. Si renunciaste, solo si tienes 15 o más años de servicio. Revisa tu contrato de trabajo y carta de renuncia o aviso de despido para tener la documentación correcta.
Salario diario = sueldo mensual / 30. Compara con el tope de tu zona: $557.60/día (general) o $839.76/día (frontera norte). Si tu salario diario es menor al tope, se usa tu salario real. Si es mayor, el cálculo se hace con el tope. Para la mayoría de trabajadores con ingresos medianos, el tope es relevante.
Fórmula: Prima = 12 × min(salario_diario, tope) × años_completos. Más la proporción del año incompleto. Ejemplo: 10 años, sueldo $20,000/mes — salario diario $666.67, tope $557.60. Prima = 12 × $557.60 × 10 = $66,912 MXN. Años parciales se calculan proporcional a los meses completos.
Pide al empleador el desglose escrito de la prima de antigüedad. Debe indicar: años de servicio reconocidos, salario diario utilizado, tope aplicado y total calculado. Compara con tu propio cálculo. Si hay diferencias, no firmes el finiquito hasta resolver las discrepancias.
Si el empleador calcula una prima menor a la legal, tienes derecho a objetarlo. Puedes acudir al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) para conciliación gratuita. La PROFEDET también brinda asesoría y representación sin costo. El plazo para reclamar es de 2 años después de la separación.
El recibo final debe especificar la prima de antigüedad como concepto separado del finiquito. No firmes un documento que solo diga 'pago total' sin desglose. Si hay discrepancias sin resolver, firma 'bajo protesta de mis derechos' para conservar la posibilidad de reclamar después.
La prima de antigüedad debe pagarse junto con el finiquito al momento de la separación. Verifica también la baja correcta en el IMSS — un alta sin baja puede afectar tu historial de cotización y futuros trámites de INFONAVIT o pensión. Solicita la constancia de retención de ISR del año.
Tips para ahorrar
Conoce tus derechos antes de renunciar
Si estás considerando renunciar y te faltan pocos años para cumplir 15, puede valer la pena esperar. Con 14 años no cobras prima al renunciar; con 15 años sí. Para un salario de $15,000/mes con 15 años, la prima ronda $100,000 MXN — diferencia significativa por un año más de trabajo.
PROFEDET: asesoría y representación gratuita
Si el empleador no quiere reconocer la prima de antigüedad que te corresponde, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría legal gratuita y puede representarte. Es el primer paso antes de contratar abogado privado. profedet.gob.mx
Lleva registro exacto de tu fecha de ingreso
Guarda tu contrato de trabajo, los comprobantes de IMSS desde el primer día y los primeros recibos de nómina. En disputas laborales, la fecha exacta de ingreso determina los años de servicio y puede hacer la diferencia de miles de pesos en la prima de antigüedad.
Verifica si tu contrato colectivo mejora el mínimo
Los contratos colectivos firmados por sindicatos frecuentemente ofrecen más de 12 días por año, a veces sin el tope del SMG. Si trabajas en empresa con sindicato, revisa el contrato colectivo de trabajo (CCT) vigente — puede otorgarte una prima significativamente mayor a la ley.
No mezcles la prima de antigüedad con el finiquito
Son dos pagos distintos: la prima de antigüedad (12 días × años × salario topado) y el finiquito (días pendientes + vacaciones + prima vacacional + aguinaldo proporcional). Pide el desglose por separado. En despido injustificado también se agrega la indemnización constitucional de 90 días + 20 días/año.
El plazo de prescripción es 2 años
Tienes 2 años desde la fecha de separación para reclamar la prima de antigüedad no pagada ante las autoridades laborales. Después de ese plazo, el derecho prescribe. Si sospechas que el empleador no pagó correctamente, actúa dentro de ese período — acude al CFCRL o STPS.
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo me toca prima de antigüedad en México?
Tienes derecho a prima de antigüedad en tres situaciones: 1) Si te despiden (con causa justificada o injustificada) — aplica desde el primer año de servicio. 2) Si renuncias voluntariamente con 15 o más años de antigüedad. 3) En jubilación, muerte del trabajador (pagan a los beneficiarios) o incapacidad permanente. Si renuncias con menos de 15 años, no te corresponde prima de antigüedad (Art. 162 LFT).
¿Cuánto es la prima de antigüedad por año en México 2026?
La prima de antigüedad es de 12 días de salario por cada año de servicio (Art. 162 LFT). El salario diario para el cálculo tiene un tope máximo de 2 veces el salario mínimo general (SMG): $557.60/día en zona general o $839.76/día en frontera norte (2026). Ejemplo: 10 años de servicio con salario $20,000/mes — salario diario real $666.67 supera el tope $557.60, se usa el tope: 12 × $557.60 × 10 = $66,912 MXN.
¿La prima de antigüedad aplica en despido justificado?
Sí. A diferencia de la indemnización constitucional de 90 días + 20 días/año (que solo aplica en despido injustificado), la prima de antigüedad se paga en cualquier tipo de despido: tanto justificado como injustificado, desde el primer año de servicio. Esto es una fuente común de confusión: en despido justificado, el empleado no recibe los 90 días, pero sí recibe la prima de antigüedad y su finiquito.
¿Cuál es el tope de salario para calcular la prima de antigüedad 2026?
El tope es 2 veces el salario mínimo general (SMG) de la zona donde está el centro de trabajo. En 2026: zona general = $278.80/día × 2 = $557.60/día. Zona Libre Frontera Norte = $419.88/día × 2 = $839.76/día. Si tu salario diario real supera el tope, el cálculo usa el tope. Si es menor, se usa tu salario real. Para un sueldo de $25,000/mes, el salario diario es $833.33 — supera el tope general, por lo que se usa $557.60.
¿La prima de antigüedad paga ISR?
La prima de antigüedad tiene exención parcial de ISR. La parte exenta equivale a 90 días de SMG por año de servicio — si la prima no excede ese monto, es libre de ISR. Para la parte que exceda, sí se grava según la tarifa aplicable. En la práctica, para la mayoría de trabajadores con ingresos medios la prima de antigüedad es completamente exenta o tiene una retención mínima. El patrón debe detallar el tratamiento fiscal en el CFDI de finiquito.
¿Se puede negociar una prima de antigüedad mayor?
Sí. La ley establece un mínimo de 12 días por año, pero el contrato individual o colectivo puede establecer una prima mayor, sin el tope del SMG. Muchos contratos colectivos (especialmente en sindicatos de industrias grandes) ofrecen 15, 20 o más días por año, calculados sobre el salario real sin tope. Esta es una prestación negociable especialmente en terminaciones por mutuo acuerdo.
¿Qué pasa si el empleador no paga la prima de antigüedad?
Puedes reclamar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) de forma gratuita, o ante la PROFEDET para asesoría y representación. Si la conciliación no funciona, puedes demandar ante el tribunal laboral competente. La prima de antigüedad no pagada genera intereses desde la fecha en que debió pagarse. El plazo de prescripción para reclamar es de 2 años a partir de la fecha de separación.
¿Los años antes de la reforma LFT 2023 cuentan para la prima?
Sí. Los años de servicio se cuentan desde el inicio de la relación laboral, independientemente de reformas legales posteriores. Si llevas 18 años en la empresa, todos esos 18 años cuentan para calcular la prima de antigüedad. La reforma de vacaciones 2023 no afecta el cálculo de la prima — esta se rige por el Art. 162 LFT que no fue modificado en esa reforma.
Notas y supuestos
Fuentes
- Ley Federal del Trabajo — Art. 162, 48, 50 (diputados.gob.mx)
- STPS — Guía de prestaciones laborales y prima de antigüedad (stps.gob.mx)
- PROFEDET — Asesoría gratuita trabajadores (profedet.gob.mx)
- CFCRL — Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (cfcrl.gob.mx)
- DOF — Decreto salario mínimo general y frontera norte 2026 (dof.gob.mx)
- IMSS — Salario mínimo 2026: $278.80 general, $419.88 frontera norte (imss.gob.mx)
Supuestos y limitaciones
Los montos calculados son orientativos basados en el Art. 162 de la Ley Federal del Trabajo vigente. El tope del salario diario para el cálculo de la prima de antigüedad es 2 veces el salario mínimo general (SMG) de la zona geográfica del centro de trabajo: $557.60/día (zona general) o $839.76/día (Zona Libre Frontera Norte) en 2026, según datos del DOF enero 2026. Para trabajadores cuyo salario diario es menor al tope, se usa el salario real (sueldo mensual / 30). Los años de servicio se cuentan en años completos — los meses incompletos se pagan de forma proporcional. El cálculo asume relación laboral continua sin interrupciones; cambios de razón social que preserven la continuidad laboral mantienen la antigüedad acumulada. La prima de antigüedad se paga junto con el finiquito al momento de la separación. La exención de ISR sobre la prima de antigüedad corresponde a 90 días del SMG por año de servicio — el excedente se grava según la tarifa anual del Art. 152 LISR. Este cálculo es orientativo — consulta con la PROFEDET o un abogado laboral certificado para tu situación específica.
Aviso legal
Los precios son orientativos y pueden variar según tu situación particular. Esta guía no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Consulta con un profesional para tu caso concreto.