Empleada Doméstica Uruguay 2026 — Sueldo, Aportes BPS y Laudo Grupo 21
Una empleada doméstica en Uruguay 2026 tiene salario mínimo de $U 31.178/mes por 44 horas semanales (Categoría I), equivalente a $U 164/hora. El empleador debe además aportar 13.575% al BPS (jubilatorio + FONASA + FNV + FRL + accidentes), aguinaldo 8.33% y licencia + salario vacacional ~7%. El costo total mensual de una fulltime con sueldo mínimo es aproximadamente $U 40.000-42.000. Desde julio 2026 entran en vigencia las nuevas Categorías I/II/III del convenio 2025-2027, con salarios de $U 31.178, $U 34.500 y $U 38.000 respectivamente. El registro en BPS es obligatorio (Ley 18.065, 2006) — multa por no registrar: $U 15.000-80.000.
Calculadora Empleada Domestica Uruguay 2026 — Sueldo + BPS
Desglose completo de costos
| Concepto | Importe | Quién paga | Notas |
|---|---|---|---|
| Salario minimo Categoria I (enero 2026) $U 31.178/mes x 44hs semanales · $U 164/hora | UYU31.178 | Empleador | El salario mínimo del trabajo doméstico para la Categoría I (tareas básicas de limpieza) a partir de enero 2026 es $U 31.178 por 44 horas semanales. La hora mínima es $U 164. Este valor fue establecido por acta del Consejo de Salarios del 5 de diciembre 2025 (laudo Grupo 21 Trabajo Doméstico). Convenio colectivo vigencia 2025-2027. |
| Salario Categoria II (vigente julio 2026) Cuidado niños/adultos + limpieza | UYU34.500 – UYU38.000 | Empleador | La Categoría II (cuidado de niños, adultos mayores o personas con discapacidad, combinado con limpieza) tiene salario mínimo superior a la Categoría I. Vigencia desde julio 2026 (prórroga concedida por el convenio). Mínimo aproximado $U 34.500/mes fulltime 44hs. En práctica la mayoría paga $U 38.000-48.000 en Montevideo para atraer trabajadoras con experiencia. |
| Salario Categoria III (vigente julio 2026) Tareas especializadas, niños pequeños | UYU38.000 – UYU52.000 | Empleador | Categoría III comprende tareas de mayor responsabilidad: cuidado de niños pequeños (< 5 años), adultos con necesidades especiales, tareas que requieren formación específica. Salario mínimo desde julio 2026: $U 38.000 aprox. En práctica las cuidadoras con experiencia cobran $U 45.000-65.000/mes. |
| Aportes BPS patronal (obligatorios) Total 13.575% sobre sueldo nominal | UYU0 | Empleador | Aportes del empleador al BPS (obligatorios desde Ley 18.065, año 2006): jubilatorio 7.5% + FRL (Fondo de Reconversión Laboral) 0.125% + FNV (Fondo Nacional de Vivienda) 0.1% + seguro de accidentes de trabajo 0.85% + DISSE (aporte empleador salud) 5% = **13.575% total**. Si el sueldo es $U 31.178, el empleador aporta adicionalmente $U 4.233 mensuales al BPS. |
| Aguinaldo (salario anual complementario) 8.33% del sueldo = medio sueldo junio + diciembre | UYU0 | Empleador | El aguinaldo equivale a 8.33% del sueldo (medio sueldo extra por año) y se paga obligatoriamente en dos cuotas: 1ª en junio (medio sueldo junio) y 2ª en diciembre (medio sueldo del segundo semestre). Muchos empleadores prefieren prorratearlo mensualmente (sumar $U 2.596/mes a un sueldo de $U 31.178) para evitar el impacto en junio y diciembre. |
| Licencia anual obligatoria + salario vacacional 20 dias primer trienio, 21 segundo, etc. | UYU0 | Empleador | Licencia legal obligatoria: 20 días primer trienio, 21 días segundo, 22 tercero, etc. Salario vacacional: 100% del jornal diario por los días de licencia (doble pago). Prorrateado mensualmente equivale a ~7% del sueldo. El BPS liquida automáticamente prima por antigüedad (por años trabajados para el mismo empleador) y prima por presentismo (por no faltar injustificadamente). |
Precios por región
| Región | Rango de precios | Notas |
|---|---|---|
| Montevideo centro (full-time 44hs) | UYU31.178 – UYU45.000 | En Montevideo capital, el sueldo fulltime 44hs oscila entre el mínimo legal ($U 31.178) y $U 45.000 según experiencia, referencias y tareas. El promedio del mercado 2026 es $U 36.000-42.000 para trabajadoras con 2-5 años de experiencia. Tasas sin BPS (informal) son ilegales y exponen a ambos a multas; se recomienda siempre registrar. |
| Montevideo por hora | UYU250 – UYU450 | El trabajo doméstico por hora en Montevideo 2026 oscila entre $U 250-450/hora. Mínimo laudo $U 164/hora. Tarifas de mercado superiores al mínimo son comunes especialmente en zonas Pocitos, Carrasco, Punta Gorda. Para trabajadora temporal (2-3 veces/semana × 4hs) se negocian tarifas de paquete o mensuales reducidas. |
| Interior del pais | UYU28.000 – UYU38.000 | En el interior del país el salario mínimo legal es el mismo ($U 31.178 para Cat. I), pero en la práctica puede pagarse ligeramente menor, aunque es ilegal. Tarifas de mercado más bajas que Montevideo (-15-20%) porque el costo de vida es menor. Canelones, Maldonado (excepto Punta del Este), Salto, Paysandú tienen rangos entre $U 28.000-38.000/mes. |
| Punta del Este temporada / zonas exclusivas | UYU45.000 – UYU75.000 | En zonas exclusivas como Carrasco (Montevideo), La Barra, José Ignacio, Manantiales (Punta del Este), las tarifas son significativamente más altas. Fulltime $U 45.000-75.000/mes. Casas grandes con cama adentro (housekeepers) pueden alcanzar $U 80.000-130.000 en temporada alta. Cuidadoras/niñeras con inglés pueden duplicar el sueldo. |
Qué incluye y qué no
Qué incluye
- Salario nominal segun laudo Grupo 21 y categoria (I/II/III)
- Aportes patronal BPS obligatorios 13.575% sobre nominal
- Aguinaldo (8.33%) pagadero en junio y diciembre o prorrateado
- Licencia anual + salario vacacional (20-28 dias segun antiguedad)
- Prima antiguedad BPS liquida automatica
- Prima presentismo BPS liquida automatica
Qué NO incluye
- Regalos de fin de ano / bonos voluntarios: $U 5.000-25.000 segun relacion
- Transporte diario (si es aparte del pasaje interior): negociar por separado
- Uniforme o ropa de trabajo: a cargo del empleador (opcional)
- Almuerzo/comida si trabaja mas de 4hs (optional pero habitual)
- Seguro complementario (privado): no obligatorio
- Indemnizacion por despido si despides sin causa: 1 mes por ano trabajado (tope 6)
Factores que afectan el precio
Categoria laboral I, II o III determina el salario minimo
La nueva estructura del convenio 2025-2027 (vigente desde julio 2026) establece tres categorías: **Cat. I** ($U 31.178) para tareas básicas de limpieza; **Cat. II** ($U 34.500+) para limpieza + cuidado de niños/adultos; **Cat. III** ($U 38.000+) para tareas de mayor responsabilidad y especialización (niños pequeños, personas con necesidades especiales). La categoría debe reflejar las tareas efectivamente realizadas, no el nombre del cargo.
Aportes BPS: obligatorios y a cargo del empleador
Los aportes al BPS son obligatorios desde la Ley 18.065 (2006). El empleador paga 13.575% adicional sobre el nominal de la trabajadora: 7.5% jubilatorio + 0.125% FRL + 0.1% FNV + 0.85% accidentes + 5% DISSE. La trabajadora aporta 15% jubilatorio + 3-8% FONASA (según estructura familiar). Registrar en BPS en línea (www.bps.gub.uy) en los primeros 10 días del vínculo laboral.
Aguinaldo y licencia: costos adicionales a considerar
El aguinaldo (8.33% anual) y la licencia (~7% anual mensualizado) agregan efectivamente ~15% al costo anual del empleador. Se pueden pagar en fechas específicas o prorrateadas mensualmente. Prorratear da claridad al presupuesto mensual pero legalmente el pago debe hacerse efectivo en junio/diciembre (aguinaldo) y al tomar la licencia (salario vacacional doble). BPS verifica cumplimiento en inspecciones.
Modalidades: fulltime, por dia, por hora, cama adentro
**Fulltime** (44hs/semana): sueldo mensual fijo, categoría clara, beneficio de estabilidad. **Por día** (ej. 2-3 días/semana): jornal $U 2.500-4.500/día según experiencia y zona. **Por hora** (ej. 4hs 2 veces/semana): $U 250-450/hora. **Cama adentro**: $U 45.000-75.000/mes + alojamiento + comida; se permite trabajar 6 días/semana con 1 día libre. Cada modalidad tiene aportes proporcionales.
Despido: indemnizacion y preaviso
Despido sin causa: indemnización por despido (IPD) = 1 mes de sueldo por año trabajado, con tope de **6 mensualidades**. Si trabajó 6+ años se paga el tope (6 meses). Preaviso: 10 días si trabajó más de 6 meses, 15 días si más de 1 año. Si no se da preaviso, se paga el equivalente. Despido por falta grave debe probarse en MTSS (conciliación obligatoria previa) o juicio laboral.
Proceso paso a paso
Buscar por recomendación (más confiable) o en bolsas de trabajo: Grupo Tu Casa, Empleada.uy, grupos Facebook del barrio. Entrevistar 3-5 candidatas. Pedir referencias de empleos anteriores (llamar a ex-empleadores). Verificar cédula de identidad. Acordar tareas, horario, días libres, sueldo y modalidad de pago.
En www.bps.gub.uy, sección 'Trabajo Doméstico', ingresar con firma electrónica o con contraseña BPS. Cargar datos de la trabajadora (cédula, fecha nacimiento), sueldo, categoría, horas semanales. Inscripción tarda 5-10 min. Obtienes número de registro y la trabajadora aparece en FONASA automáticamente.
Descargar plantilla de contrato en MTSS (www.mtss.gub.uy) o BPS. Firmar ambas partes en duplicado. Establecer: salario nominal, horas semanales, categoría, día y hora de trabajo, día libre, período de prueba (30-90 días), causales de rescisión. Guardar copia firmada. Contrato verbal también es válido pero dificulta reclamos.
Pagar sueldo directamente a la trabajadora (transferencia o efectivo con recibo firmado). Pagar aportes BPS los primeros 20 días del mes siguiente: empleador 13.575% + retención trabajadora 15% + FONASA. Puede hacerse online en BPS o en agencias. Si hay atraso, se aplica interés diario.
Pagar aguinaldo: medio sueldo en junio (por trabajo ene-jun) y medio en diciembre (por jul-dic). Si prorrateado, incluir en sueldo mensual. Licencia: 20-30 días al año según antigüedad; mientras está de licencia se paga sueldo + salario vacacional (100% jornal × días). BPS liquida prima antigüedad (por años) y presentismo (por no faltar).
Tips para ahorrar
Registra en BPS desde el dia 1
Registrar en BPS en los primeros 10 días del vínculo laboral evita multas ($U 15.000-80.000 por empleada no registrada). El registro en línea lleva 15 minutos. Incluye al empleado automáticamente en FONASA, protege contra accidentes laborales y da derecho a licencias, aguinaldo y jubilación. Beneficia a ambos: la trabajadora construye historia laboral.
Mantene recibos de sueldo firmados
Llevar recibos de sueldo firmados (incluso en WhatsApp con foto) protege al empleador de reclamos posteriores. Debe incluir: nombre, fecha, período de trabajo, horas, sueldo nominal, descuentos BPS, aguinaldo proporcional. Hay plantillas gratuitas en BPS.gub.uy. También registrar transferencias bancarias como evidencia de pago.
Prorratea aguinaldo y licencia mensualmente
Legalmente el aguinaldo se paga en junio y diciembre (medio sueldo cada vez) y el salario vacacional cuando toma licencia. Económicamente conviene prorratearlo: agregar al sueldo mensual 8.33% (aguinaldo) + 7% (licencia). Esto evita el impacto presupuestario concentrado, especialmente en diciembre. Acordar con la trabajadora si le conviene.
Considera por hora en vez de fulltime si no necesitas
Si las tareas son específicas (limpieza semanal, cuidado esporádico), contratar por hora o por día sale significativamente más económico que fulltime. 3 días/semana × 6hs = 72hs/mes × $U 300/hora = $U 21.600/mes (vs $U 31.178 fulltime). Igualmente aportar BPS proporcional al tiempo real.
Comida incluida cuenta como salario en especie
Si das almuerzo/comida a la trabajadora mientras trabaja, legalmente esto puede contarse como parte del salario (salario en especie). No obligatorio pero habitual en fulltime 44hs. Reduce el salario efectivo que debes pagar en efectivo. Verificar con gestor antes de aplicar para evitar reclamos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta una empleada doméstica por mes en Uruguay 2026?
El **salario mínimo** de trabajo doméstico es **$U 31.178/mes** (44hs) o **$U 164/hora** desde enero 2026 (laudo Grupo 21). Sumando **aportes BPS del 13.575%** + aguinaldo prorrateado (8.33%) + licencia prorrateada (~7%), el costo real para el empleador de una fulltime mínima es aproximadamente **$U 40.000-42.000/mes**. Si el sueldo nominal es $U 40.000, el costo empleador es aproximadamente $U 52.000/mes.
¿Es obligatorio registrar a la empleada doméstica en BPS?
**Sí, es obligatorio** desde la Ley 18.065 (2006) para todo trabajo doméstico de más de 13 días por mes con el mismo empleador. El registro se hace en línea en www.bps.gub.uy y tarda 10-15 minutos. **No registrar** expone al empleador a multas de $U 15.000-80.000 en caso de inspección. A la trabajadora le priva de jubilación, licencia, aguinaldo y protección ante accidentes.
¿Cuáles son las nuevas categorías del convenio 2025-2027?
Desde **julio 2026** se aplican tres categorías: **Cat. I** ($U 31.178/mes) para tareas básicas de limpieza; **Cat. II** ($U 34.500+) para limpieza más cuidado de niños, adultos mayores o personas con discapacidad; **Cat. III** ($U 38.000+) para tareas especializadas (niños pequeños, personas con necesidades especiales, mayor responsabilidad). La categoría debe reflejar las tareas efectivamente realizadas.
¿Qué pasa si despido a la empleada doméstica?
**Despido sin causa**: debes pagar **indemnización** = 1 mes de sueldo por año trabajado, con tope de **6 mensualidades** (si trabajó 6+ años, se paga el tope). Más **preaviso** de 10 días (si >6 meses) o 15 días (si >1 año) — o su equivalente en dinero si no se cumple el preaviso. **Despido por falta grave**: debe probarse ante el MTSS o en juicio. La conciliación previa en MTSS es obligatoria antes de ir a juicio.
¿Se puede pagar menos del salario mínimo si trabajo pocas horas?
**No**, el salario mínimo de **$U 164/hora** es el piso absoluto para cualquier categoría de trabajo doméstico en Uruguay 2026. Si una empleada trabaja 10hs semanales, debe cobrar al menos $U 164 × 10 × 4.33 semanas = $U 7.103/mes. Pagar menos es ilegal y expone a multas BPS. En la práctica las tarifas de mercado suelen ser superiores ($U 250-450/hora) para retener trabajadoras calificadas.
Notas y supuestos
Fuentes
- BPS: aumento salarial trabajo domestico enero 2026 (comunicado 2/2026)
- BPS Trabajo Domestico: aportes patronales y trabajador, FONASA
- MTSS: convenio colectivo Grupo 21 Trabajo Domestico 2025-2027
- Ley 18.065 Trabajo Domestico: registro obligatorio BPS desde 2006
Supuestos y limitaciones
Laudo Grupo 21 Trabajo Domestico: salario minimo enero 2026 $U 31.178/mes (44hs), hora $U 164. Nuevas 3 categorias I/II/III vigentes julio 2026 (I: $U 31.178, II: $U 34.500+, III: $U 38.000+). Aporte patronal BPS 13.575% (jubilatorio 7.5 + FRL 0.125 + FNV 0.1 + accidentes 0.85 + DISSE 5). Aporte trabajadora 15% jubilatorio + 3-8% FONASA. Aguinaldo 8.33%, licencia 20-28 dias + salario vacacional 100% jornal. Pasaje interior $U 7.000/mes. Obligatorio registrar BPS desde Ley 18.065 (2006).
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