Calculadora FONASA Aportes Uruguay 2026 — Tasa salud según hijos y cónyuge
El FONASA (Fondo Nacional de Salud) es el sistema de cobertura médica obligatorio en Uruguay. Los trabajadores aportan entre el 3% y el 8% del salario nominal según sus ingresos y situación familiar. El punto de inflexión es el umbral de 2,5 BPC ($U 17.160 en 2026). El empleador aporta siempre un 5% adicional sin descontar del sueldo.
Calculadora FONASA y Aportes Salud Uruguay 2026
Calculo orientativo basado en Ley 18.731 (FONASA), BPS y DGI. Cuotas mutualistas orientativas (pueden variar). Verificar condiciones vigentes en BPS. Ver notas y supuestos →
Desglose completo de costos
| Concepto | Importe | Quién paga | Notas |
|---|---|---|---|
| Aporte trabajador FONASA (3%) Nominal ≤$U 17.160 sin hijos ni cónyuge | UYU737 – UYU515 | Trabajador | Tasa mínima. Aplica cuando el nominal mensual es igual o inferior a 2,5 BPC ($U 17.160) y el trabajador no tiene hijos ni cónyuge a cargo. Para el salario mínimo ($U 24.572... pero umbral aplica si <$U 17.160). |
| Aporte trabajador FONASA (4,5%) Nominal ≤$U 17.160 con carga familiar o nominal >$U 17.160 sin carga | UYU770 – UYU13.500 | Trabajador | Tasa intermedia. Aplica en dos situaciones: (1) nominal bajo umbral con hijos o cónyuge, o (2) nominal sobre umbral sin hijos ni cónyuge. La transición al 4,5% al pasar el umbral es notable para trabajadores sin cargas. |
| Aporte trabajador FONASA (6%) Nominal >$U 17.160, con hijos sin cónyuge | UYU1031 – UYU18.000 | Trabajador | Para trabajadores con ingresos sobre el umbral y con hijos a cargo pero sin cónyuge o concubino. Por ejemplo, $U 60.000 × 6% = $U 3.600/mes. |
| Aporte trabajador FONASA (6,5%) Nominal >$U 17.160, con cónyuge sin hijos | UYU1115 – UYU19.500 | Trabajador | Para trabajadores con ingresos sobre el umbral y con cónyuge o concubino a cargo, sin hijos. Por ejemplo, $U 80.000 × 6,5% = $U 5.200/mes. |
| Aporte trabajador FONASA (8%) Nominal >$U 17.160, con hijos Y cónyuge — tasa máxima | UYU1373 – UYU24.000 | Trabajador | Tasa máxima del FONASA. Aplica cuando el nominal supera el umbral y el trabajador tiene tanto hijos a cargo como cónyuge o concubino. $U 60.000 × 8% = $U 4.800/mes. $U 300.000 × 8% (pero tope 83 BPC) = $U 20.000. |
| Aporte patronal FONASA (5%) Siempre 5% del nominal, a cargo del empleador | UYU1229 – UYU15.000 | Empleador | El empleador paga siempre el 5% sobre el nominal, independientemente de la situación familiar del trabajador. No descuenta del sueldo neto. Para $U 60.000 nominal: $U 3.000/mes patronal. |
| Cuota mutualista complementaria Opcional — $U 2.800–$U 3.500/mes según institución | UYU2800 – UYU3500 | Trabajador | Las mutualistas privadas cobran una cuota mensual adicional (no la cubre el FONASA por completo). ASSE pública no cobra extra. Asoc. Española $U 3.500, Médica Uruguaya $U 3.200, Casa de Galicia $U 2.800, CASMU $U 3.400. |
Precios por región
| Región | Rango de precios | Notas |
|---|---|---|
| Trabajador sin cargas (soltero) | UYU737 – UYU13.500 | Tasa 3% (bajo umbral) o 4,5% (sobre umbral). La transición al pasar $U 17.160 implica un salto del 50% en el aporte FONASA. |
| Trabajador con hijos solamente | UYU770 – UYU18.000 | Tasa 4,5% (bajo umbral) o 6% (sobre umbral). Mayor cobertura FONASA para los hijos. |
| Trabajador con cónyuge solamente | UYU770 – UYU19.500 | Tasa 4,5% (bajo umbral) o 6,5% (sobre umbral). El cónyuge a cargo sube la tasa al máximo en ausencia de hijos. |
| Trabajador con hijos Y cónyuge | UYU1031 – UYU24.000 | Tasa máxima: 4,5% (bajo umbral) o 8% (sobre umbral). La tasa 8% es la más alta del sistema y cubre toda la familia nuclear. |
El FONASA aplica igual en todo Uruguay. No hay diferencias departamentales. La tasa depende exclusivamente del nominal, los hijos y el cónyuge a cargo.
Qué incluye y qué no
Qué incluye
- Aporte mensual FONASA del trabajador (3%–8%)
- Aporte patronal FONASA (5%, siempre — a cargo del empleador)
- Cuota mutualista privada complementaria (si se elige)
- Lógica de tasa según umbral 2,5 BPC y carga familiar
- Tope anual FONASA (83 BPC = $U 569.712/mes) y devolución por excedente
- Total cobertura mensual del sistema de salud (FONASA + mutualista)
Qué NO incluye
- Copagos en mutualistas (órdenes, tasas moderadoras): $U 200–$U 800 por consulta
- Medicamentos no cubiertos: varía según prescripción y mutualista
- Tratamientos odontológicos completos: cobertura parcial o nula
- Salud mental: cobertura limitada en la mayoría de mutualistas
- Medicamentos de alto costo: cubiertos parcialmente por FNR (Fondo Nacional de Recursos)
- Seguros de salud complementarios privados (cobertura premium)
Factores que afectan el precio
Umbral 2,5 BPC: $U 17.160 en 2026
El umbral es el punto de inflexión principal del FONASA. Por debajo de $U 17.160 mensual, las tasas son 3% o 4,5%. Al superarlo, las tasas suben a 4,5%, 6%, 6,5% o 8% según la situación familiar. Para muchos trabajadores del salario mínimo ($U 24.572), el umbral ya está superado.
Situación familiar: el factor más variable
La combinación de hijos y cónyuge determina directamente la tasa FONASA. Sin cargas: 3%–4,5%. Con hijos: 4,5%–6%. Con cónyuge: 4,5%–6,5%. Con ambos: 4,5%–8%. Para un nominal de $U 100.000, la diferencia entre 4,5% y 8% es $U 3.500/mes o $U 42.000/año.
Tope anual: 83 BPC = $U 569.712/mes
El nominal máximo sobre el que se calcula el FONASA es 83 BPC ($U 569.712). Si ganás más, el excedente no genera aporte adicional. En la DJ de IRPF podrás reclamar la devolución del exceso pagado durante el año.
ASSE vs mutualistas: decisión de calidad vs costo
ASSE (pública) no cobra cuota extra — está cubierta por el FONASA. Las mutualistas privadas cobran $U 2.800–$U 3.500/mes adicionales pero ofrecen menores tiempos de espera, más prestaciones y mejor infraestructura. La elección es personal según el uso esperado de servicios de salud.
Aporte patronal: siempre 5% independiente
El empleador siempre paga el 5% de FONASA sobre el nominal del trabajador, sin importar la tasa que pague el empleado. Para un sueldo de $U 60.000, el empleador aporta $U 3.000/mes al FONASA, sumado a los $U 3.600–$U 4.800 que aporta el trabajador.
Proceso paso a paso
Al comenzar a trabajar, BPS te inscribe automáticamente en el FONASA. Tenés 180 días para elegir mutualista. Si no elegís, ASSE te cubre por defecto. La inscripción y el cambio son gratuitos.
Informá al BPS y a tu empleador sobre hijos y cónyuge a cargo. Esto ajusta tu tasa FONASA y también genera deducciones en el IRPF. Podés hacerlo en cualquier sucursal BPS o por BPSenlinea.
El empleador descuenta el FONASA de tu nominal junto con BPS y FRL, y los deposita en BPS antes del día 8 del mes siguiente. No tenés que hacer nada mes a mes si tus datos están correctos.
Si querés cambiar de mutualista, tenés el período anual habilitado por BPS (generalmente enero–febrero). El cambio se procesa para el mes siguiente. Verificá en BPSenlinea si tenés deudas pendientes antes de cambiar.
Tips para ahorrar
Compará copagos antes de elegir mutualista
Además de la cuota mensual, evaluá los copagos por consulta, emergencia y especialistas. Algunas mutualistas más económicas tienen copagos más altos. Si usás mucho el sistema, una mutualista con cuota mayor pero copagos menores puede salir más barata.
Los hijos se cubren con el mismo aporte
Al declarar hijos a cargo, subís la tasa FONASA pero también cubrís la salud de tus hijos en la misma mutualista, sin pagar cuota extra por ellos. Para un nominal de $U 60.000, agregar un hijo sube el FONASA de $U 2.700 (4,5%) a $U 3.600 (6%), pero incluye cobertura completa para el hijo.
Solicitá la devolución si superás el tope
Si tu nominal mensual supera 83 BPC ($U 569.712), el excedente de FONASA pagado en el año se puede recuperar vía DJ anual de IRPF. Podría representar varios miles de pesos anuales para ejecutivos de altos ingresos.
Podés cambiar de mutualista una vez al año
Si no estás conforme con tu mutualista, tenés derecho a cambiarla en el período habilitado anual (generalmente en los primeros meses del año). Informate en BPS sobre fechas y procedimiento.
ASSE para períodos de bajo uso de salud
Si sos joven, sano y no usás mucho el sistema de salud, ASSE puede ser suficiente. Ahorrás $U 2.800–$U 3.500/mes que podés destinar a otros gastos o al fondo de emergencia.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto aporto al FONASA en Uruguay si gano $U 60.000?
Depende de tu situación familiar: Si eres soltero sin hijos, pagás el 4,5% = $U 2.700/mes (nominal supera el umbral de $U 17.160). Con 1 hijo sin cónyuge: 6% = $U 3.600/mes. Con cónyuge sin hijos: 6,5% = $U 3.900/mes. Con ambos: 8% = $U 4.800/mes. Adicionalmente, tu empleador paga $U 3.000/mes (5%) que no descuenta de tu sueldo.
¿Qué cubre el FONASA en Uruguay?
El FONASA financia la cobertura de salud integral a través del SNIS (Sistema Nacional Integrado de Salud). Cubre consultas médicas, internaciones, cirugías, maternidad, salud infantil, medicamentos del formulario terapéutico y emergencias en la mutualista elegida. Las mutualistas privadas agregan cobertura complementaria por la cuota mensual adicional.
¿Puedo elegir cualquier mutualista con el FONASA?
Podés elegir cualquier mutualista habilitada por el Ministerio de Salud Pública: ASSE (pública), Asociación Española, Médica Uruguaya, Casa de Galicia, CASMU, Impasa, Hospital Evangélico, entre otras. El FONASA cubre la parte básica; algunas mutualistas cobran una cuota diferencial mensual ($U 2.800–$U 3.500) por sus prestaciones adicionales.
¿Qué pasa con el FONASA si pierdo el trabajo?
Si quedás desempleado, BPS puede cubrir temporalmente tu cobertura FONASA durante el período de seguro de desempleo (hasta 6 meses). Pasado ese período, para mantener la cobertura deberás hacer aportes como trabajador independiente o inscribirte en ASSE de forma gratuita como beneficiario del sistema.
¿El tope de 83 BPC del FONASA me puede generar devolución?
Sí. El tope es $U 569.712/mes (83 BPC). Si tu nominal mensual supera ese valor, el excedente no debería tributar FONASA. Si el empleador retuvo de más, podés reclamar la devolución en la Declaración Jurada anual de IRPF en DGI. Para sueldos de $U 600.000 con tasa 8%, el excedente es $U 30.288/mes × 8% = $U 2.423/mes de devolución.
Notas y supuestos
Fuentes
- Ley 18.731 — Fondo Nacional de Salud (FONASA): tasas y condiciones vigentes
- BPS — Banco de Previsión Social: guía del trabajador, aportes FONASA 2026
- MSP — Ministerio de Salud Pública: listado de instituciones habilitadas SNIS
- BPC 2026: Decreto 11/026 del Poder Ejecutivo de Uruguay
Supuestos y limitaciones
Tasas FONASA calculadas según Ley 18.731 y normativa BPS vigente. Umbral 2,5 BPC = $U 17.160 (BPC $U 6.864 × 2,5). Tope mensual 83 BPC = $U 569.712. Cuotas mutualistas son orientativas y pueden variar según contratos vigentes con cada institución. Aporte patronal siempre 5% sobre nominal sin tope ni variación por carga familiar. La tasa FONASA del trabajador determina también la cobertura familiar incorporada.
Aviso legal
Los precios son orientativos y pueden variar según tu situación particular. Esta guía no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Consulta con un profesional para tu caso concreto.